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martes, 19 de julio de 2011

Julio César Galán Cortés, abogado (doctor en Derecho), Médico (doctor en Medicina) y responsable del área de Derecho Sanitario de Bufete RAM, publica un nuevo libro

Responsabilidad Civil Médica, Julio César Galán Cortés

Edit. Thomson-Civitas, 2011, 3ª edición.
 
En un sector tan candente como el de la responsabilidad civil médica, nada hay mejor que el análisis riguroso de la doctrina y la jurisprudencia, la comparación de lo que deciden los tribunales españoles con los pronunciamientos de tribunales extranjeros o supranacionales y la actualización permanente de conocimientos.

Cualquier trabajo sobre una materia jurídica que, como la responsabilidad civil médica, se sustente principalmente no en ejemplos puramente teóricos o imaginados por el autor sino en casos de la vida diaria, siempre tendrá como un valor añadido el sistema, la ordenación de esos casos de un modo tal que quien necesite consultar bibliografía por razón de su profesión encuentre lo más rápidamente posible aquello que sobre su caso opine la doctrina científica, hayan resuelto los tribunales y proponga el autor como solución más atinada.

Esta tercera edición de la obra Responsabilidad civil médica constituye una exhaustiva puesta al día de esta materia, integrando con total acierto planteamientos teóricos y soluciones prácticas, analizando en detalle la situación actual de la responsabilidad civil médica, con un tratamiento pormenorizado de todos los temas que constituyen esta disciplina, desde los aspectos procesales a la cuantía indemnizatoria, pasando por la naturaleza jurídica de la obligación del médico, la culpa y su prueba, la relación de causalidad y su prueba, y el consentimiento informado, con un detenido estudio de las más modernas teorías doctrinales en torno a estas instituciones jurídicas.

miércoles, 4 de mayo de 2011

Ajustado fallo de CI

Julio César Galán, abogado, responsable del Área de Derecho Sanitario de Bufete RAM

El autor analiza el fallo del Constitucional sobre el consentimiento informado (CI), avala la doctrina sobre la información en caso de riesgo grave e inmediato y el tratamiento a la información verbal

Ver tribuna:

http://www.diariomedico.com/2011/04/27/area-profesional/normativa/ajustado-fallo-ci

http://www.eupharlaw.com/noticias/JulioCesarGalan_tribuna.pdf



martes, 2 de febrero de 2010

Entrevista en diariojuridico.com a Julio César Galán


Reproducimos la entrevista que diariojuridico.com realizó hace unos días a Julio Cesar Galán, abogado, Responsable del Área de Derecho Sanitario de Bufete RAM:


"Nuestro entrevistado, Julio César Galán es Abogado. Doctor en Derecho. Especialista en responsabilidad médico sanitaria.* Médico especialista. Doctor en Medicina. Consejero para España de la Asociación Mundial de Derecho Médico.* Presidente fundador de la Sociedad Iberoamericana de Derecho Médico.* Vicepresidente del Foro Iberoamericano Ciudadanos y Salud (Ibercisalud). Miembro del Consejo Asesor de las revistas Actualidad del Derecho Sanitario, SIDEME y Salud Rural. Miembro del Consejo de Redacción de la revista Responsabilidad civil y seguro. Miembro de la Comisión Científica de la Revista Brasileira de Directo Médico. Miembro del Comité científico del Congreso Nacional de Responsabilidad civil.
* Autor de varios libros, artículos y ponencias sobre la especialidad. En este ámbito, destacan, entre otras, sus obras: “Responsabilidad médica y consentimiento informado”, Edit. Civitas, 2001, y “Responsabilidad civil médica”, Edit. Thomson-Civitas, 2ª edición, 2007.

¿Podría enmarcarnos en qué contexto aparece la creación de este despacho?

Bufete RAM (Reacciones Adversas a los Medicamentos) está especializado en la reclamación y defensa, judicial y extrajudicial, de los daños ocasionados por las reacciones adversas a los medicamentos y productos sanitarios. Las RAM se encuentran entre las 10 causas de defunción en todo el mundo, según datos de la Organización Mundial de la Salud.

¿Qué disputas principales pueden surgir de las RAM? ¿Existe una legislación adecuada en la actualidad que defienda los derechos del consumidor? ¿Cuál es el país que mejor gestiona estos temas en nuestro entorno?

Cuando una RAM causa un daño grave, es consecuencia de que algún o algunos agentes que intervienen en la vida del medicamento no han hecho las cosas bien. Investigadores, Fabricantes, Organismos públicos de supervisión y control, prescriptores, dispensadores y consumidores, pueden tener responsabilidad por un daño provocado por las RAM.

La farmacovigilancia tiene un ámbito mundial. La finalidad es mejorar la información sobre el balance beneficio/riesgo del medicamento, a fin de minimizar los posibles daños para la salud. La EMEA es el órgano de control y supervisión de los medicamentos a nivel europeo. La Unión Europea está poniendo muchos esfuerzos en farmacovigilancia y RAM, aunque en este ámbito, todavía queda mucho por realizar. Estados Unidos también está realizando una fuerte apuesta en este sentido, a través de la FDA.

Es evidente que las RAM pueden generar enfermedad, discapacidad e incluso la muerte, ¿en qué porcentaje más o menos?

En España, más del 50% de las reacciones notificadas son calificadas como graves, es decir, que ponen en peligro la vida.

¿Cuál es la causa principal por la que el consumidor no denuncia?

Son varias las causas principales: en primer lugar que los procesos judiciales, como todo el mundo sabe, son largos y costosos. Además, no hay grandes dificultades para probar la relación de causalidad del daño. Y, por último, el desconocimiento de lo que son las RAM y que se puede recurrir si uno se siente afectado

¿Cómo hacer efectivo su derecho a la información?

El ciudadano tiene derecho a la información sobre los medicamentos que consume. No hay una regulación específica de la información terapéutica (IT) en el ámbito de los fármacos y, por lo tanto, no hay regulación específica del consentimiento terapéutico (CT). IT y CT entran dentro de la legislación que regula la información y el consentimiento clínico, aunque son realidades diferentes.

¿Quién es el culpable de ese defecto de información, el propio laboratorio o el médico que prescribe ese fármaco?

Cada supuesto es diferente y hay que analizarlo de manera individualizada. El origen de la información en el ámbito de los medicamentos proviene de la industria farmacéutica. Pero en la cadena de transmisión de la información terapéutica puede haber distorsiones que desvíen la culpabilidad hacia uno u otro agente.

Que los medicamentos no tengan contraindicaciones parece, según expertos, que requiere un sistema de farmacovigilancia adecuado, ¿qué rasgos tendría?

Los medicamentos siempre suponen un riesgo. Medir continuamente el balance beneficio/riesgo del medicamento para evitar RAM es la esencia de la farmacovigilancia. Un buen sistema de farmacovigilancia tiene que implicar a todos los agentes en salud. Las nuevas tecnologías deben ayudar, y lo están haciendo, en este sentido.

¿Cuál es el papel de los jueces en estos temas? ¿Existe jurisprudencia suficiente que defienda los derechos del usuario final?

En RAM hay mucha jurisprudencia en primera y segunda instancia, pero todavía no hay muchas sentencias sobre RAM del Tribunal Supremo. La jurisprudencia, en cierta manera, sí defiende los derechos del usuario final, aunque siempre debemos ser cautelosos e ir caso por caso.

Desde afuera, da la sensación que la industria farmacéutica es poderosa y que puede amedrentar a los jueces. ¿Hay condenas conocidas?

Hay varias condenas: Agreal, Vioxx, Lipobay, Dializadores de Baxter, entre otros.

¿Es coherente que los medicamentos tengan un tratamiento legal diferente de los productos que se implantan como los marcapasos?

No deberían tener el mismo tratamiento cuando se trata de productos sanitarios implantables.

¿Qué opinión tiene de la moda ahora de la venta por internet de los medicamentos? ¿Hay mayor índice de fraude o problemas que con los medicamentos tradicionales?

Internet ha abierto un gran canal para el fraude y venta ilegal de medicamentos. El problema no es Internet en sí, sino el mal uso que se realiza del mismo. El término legal de RAM incluye también todas las consecuencias clínicas perjudiciales derivadas de la dependencia, abuso y uso incorrecto de medicamentos, incluyendo las causadas por el uso fuera de las condiciones autorizadas y las causadas por errores de medicación. Así pues, hay que estar muy alerta ante este tipo de prácticas ilegales.

Por último, ¿cómo cree que tiene que mejorar nuestra justicia para que proteja los derechos del consumidor en cuanto a las RAM?

En estos momentos tenemos mecanismos legales para que se produzca un resarcimiento justo por los daños provocados por las RAM".

lunes, 18 de enero de 2010

"Al paciente le resulta difícil pleitear contra compañías"


Reproducimos íntegramente la entrevista de Alberto Cornejo, de El Global, a Manuel Amarilla, responsable del Área de Derecho Farmacéutico de Bufete RAM (Reacciones Adversas a los Medicamentos):

Los abogados Manuel Amarilla y Julio César Galán, especialistas en derecho farmacéutico y sanitario, respectivamente, han puesto en una marcha un proyecto pionero en España: la creación del bufete de abogados RAM, especializado íntegramente en la reclamación y defensa judicial y extrajudicial de los daños ocasionados por las reacciones adversas a medicamentos (RAM).

Amarilla desgrana cómo se encuentra en España, desde un punto de vista social y legal, el campo de los efectos adversos por fármacos, los cuales, según la OMS, se sitúan entre las diez causas principales de defunción a nivel mundial.

Pregunta. ¿A qué responde esta apuesta por un campo tan específico como son las RAM?

Respuesta. La principal razón de la creación del bufete RAM se debe a que el escenario actual de las reacciones adversas a medicamentos está anticuado y es excesivamente paternalista y exculpatoria respecto de los principales agentes del sector salud hacia el paciente. Nos gustaría contribuir a que en el futuro exista un equilibrio legal más real en estos litigios.

P. Resaltan en su carta de presentación que se ofrece cobertura a todas las partes implicadas o afectadas, desde los pacientes a los fabricantes...

R. Para nosotros todo el mundo tiene derecho a ser defendido. Pero es que, además, la teoría de la corresponsabilidad terapéutica legal cada día está más en auge, lo que nos indica que en cada supuesto cada parte debe responder sólo de su cuota de actividad.

P. ¿Es habitual en España que la población se anime a pleitear en casos relacionados con RAM?

R. Para el ciudadano el escenario actual para pleitear en el campo del medicamento es muy difícil y complejo. A pesar de su apariencia, las leyes de Consumidores y Usuarios no les protegen suficientemente. Eso sí, aunque es mayoritario el desconocimiento de la población, que está originado casi de forma intencionada por los demás agentes, cada día van en aumento el inicio de este tipo de litigios.

P. ¿Conoce una cifra aproximada de litigios vigentes a día de hoy en los tribunales nacionales relacionados con efectos adversos?

R. Es imposible saberlo con exactitud, porque la mayoría de ellos aún se encuentran en primera o segunda instancia, en tribunales o audiencias. Pero los conocidos casos de Bio-Bac, Agreal y Vioxx han disparado las señales de comienzo de carrera.

P. ¿Destacaría alguna sentencia ya en firme que se haya producido al respecto en los últimos años?

R. Quizá la que abrió el camino fue una del Tribunal Supremo de 2001, al ser la primera vez que se condenaba a un médico en España por prescribir a un niño una dosis farmacológica de adulto, reflejado en el prospecto del medicamento y no tenido en consideración. También recuerdo un caso anterior, relacionado con el fármaco Eskazine, que finalizó con un acuerdo extrajudicial que le supuso una indemnización de un millón y medio de euros a un conocido laboratorio, algo que no había ocurrido antes en Europa.

P. ¿Es fundamental, para el buen resultado de la denuncia de un paciente, que existan casos similares? ¿Es mejor iniciar procedimientos conjuntos?

R. La influencia procesal norteamericana ya empieza a influirnos en este aspecto, en cuanto a que las demandas colectivas, si hay muchos perjudicados, parecen más fáciles de ganar.

P. ¿Cuál es el papel o responsabilidad de la Aemps en estos litigios?

R. Hasta ahora la Aemps suele mantenerse al margen por su propio interés legítimo. En el futuro no sé lo que harán. Lo que sí adelanto es que también deberán responder de sus acciones u omisiones y, por tanto, podrán ser demandas o codemandadas.

P. ¿Ya ha se ha presentado en sociedad de este nuevo bufete?

R. El pasado 14 de enero tuvimos una primera toma de contacto con los profesionales con la participación en una mesa de debate sobre reacciones adversas organizada por Cofares.