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lunes, 29 de marzo de 2010

Nota informativa: detección de ADN de un circovirus porcino 1 (PCV-1) en la vacuna Rotarix®



29/03/2010

Las Agencias Europeas de Medicamentos están evaluando el hallazgo de fragmentos de ADN de un circovirus porcino 1 (PCV-1) en la vacuna Rotarix®. Aunque no hay ningún dato que sugiera que la presencia de estos fragmentos de ADN suponga un riesgo para la salud, estos fragmentos no deberían estar en esta vacuna y por tanto la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios recomienda, como medida de precaución y en tanto no se concluye la investigación, no iniciar la vacunación para la gastroenteritis por rotavirus con la vacuna Rotarix®.

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) informa a los profesionales sanitarios acerca del hallazgo de fragmentos de ADN correspondiente a un circovirus porcino 1 (PCV-1) en la vacuna oral, para la gastroenteritis por rotavirus, Rotarix® de la compañía GlaxoSmithKline (GSK).

La presencia anómala de este ADN fue descubierta por un grupo de investigadores, utilizando una técnica nueva, en dos lotes de la vacuna Rotarix® distribuidos en los Estados Unidos. GSK ha informado de que los lotes distribuidos en Europa también podrían contener estos fragmentos de ADN. Las agencias europeas de medicamentos, bajo coordinación de la Agencia Europea del Medicamento (EMA), han evaluado los datos disponibles en una reunión extraordinaria del Comité de Medicamentos Humanos (CHMP), y han concluido que la presencia de este ADN del virus PCV-1 no representa un problema para la salud humana. Sin embargo, se ha requerido a la compañía GSK para que aporte información adicional que se irá evaluando de forma continuada durante las próximas semanas.

Ante estos hechos, y a la espera de concluir la investigación, la AEMPS ha decidido no autorizar la liberación de nuevos lotes de vacuna Rotarix® al mercado español. Ello podría conducir en las próximas semanas a un desabastecimiento de esta vacuna en el canal de distribución farmacéutico.

La vacunación para el rotavirus no forma parte del calendario vacunal en España y la AEMPS considera que no hay motivos para utilizar la vacuna Rotarix® en nuestro país en las condiciones actuales en tanto se esclarecen aquellos aspectos que aun están en discusión y para los que se han pedido aclaraciones a la compañía. Sin embargo, la AEMPS advierte que este balance beneficio/riesgo puede ser distinto en otros países en los que la gastroenteritis por rotavirus representa un problema de salud importante y donde los beneficios de la vacuna justifican mantener su utilización mientras prosiguen las evaluaciones.

Las recomendaciones de la AEMPS a los profesionales sanitarios en España son las siguientes:
Informar de que la vacuna frente a rotavirus no forma parte del calendario vacunal español acordado por la Comisión de Salud Pública.

En caso de considerar conveniente la vacunación frente a rotavirus, utilizar una vacuna alternativa (RotaTeq®).

En niños que ya han recibido una dosis de Rotarix®, se puede completar la vacunación con dos dosis más de RotaTeq®. De este modo, recibirían un total de tres dosis, incluyendo la primera de Rotarix®.

En niños que ya han recibido las dos dosis de Rotarix® no es necesaria ninguna acción más dado que la eficacia de la vacunación no está en cuestión y no presenta ningún problema de seguridad. No hay ningún dato que sugiera que la vacunación con Rotarix® haya podido producir daño alguno por lo que no es necesario un seguimiento especial.

La AEMPS seguirá informando puntualmente del resultado de la evaluación de los nuevos datos que se han solicitado a GSK y de cualquier resolución que, como consecuencia de ello, pueda derivarse.

Fecha de actualización: 29 de marzo de 2010

jueves, 18 de febrero de 2010

becaplermina (Regranex®): Contraindicación en pacientes con diagnóstico de cáncer, actual o previo

Queremos ayudar a la AEMPS a difundir sus Notas Informativas relacionadas con las RAM, en especial, aquéllas que van dirigidas a los pacientes. ¿Cuántos pacientes reciben efectivamente esta nota? ¿Y cuantos la leen? Sería interesante disponer de datos.

Última Nota (dirigida al Paciente):


INFORMACIÓN PARA LOS PACIENTES SOBRE SEGURIDAD DE MEDICAMENTOS

Ref: 2010/0218 de febrero de 2009

REGRANEX ® (BECAPLERMINA): CONTRAINDICACIÓN EN PACIENTES CON CÁNCER

Los beneficios esperados del tratamiento con Regranex® (becaplermina) superan los riesgos observados. No obstante, como medida de precaución, los pacientes con cualquier tipo de cáncer actual o previo no deben utilizar este medicamento Regranex®, cuyo principio activo se denomina becaplermina, es un medicamento que se presenta en forma de gel, que se emplea para ayudar al crecimiento de tejido normal con el fin de cicatrizar las úlceras en la piel de pacientes diabéticos. Se utiliza junto con otras medidas para el adecuado cuidado de la herida. En España el uso actual de este medicamento es reducido.

Recientemente el Comité de Medicamentos de Uso Humano (CHMP) de la Agencia Europea de Medicamentos-EMA (un comité científico formado por representantes de las Agencias Nacionales de Medicamentos europeas) ha revisado los datos disponibles sobre el riesgo de aparición de procesos malignos en los pacientes que utilizan este medicamento.

El uso de Regranex® estaba hasta ahora contraindicado en caso de que el paciente tuviese un tumor de piel en el área o cerca del área donde se aplica el medicamento. Sin embargo, dado que se había comunicado un número reducido de casos en los que los pacientes tratados con este medicamento desarrollaron otros tipos de cáncer, la Comisión Europea encargó la revisión de la seguridad de Regranex® con objeto de conocer si esto podría tener relación con el uso del medicamento.

La conclusión de esta revisión ha sido que, en base a los datos disponibles, los beneficios esperados del tratamiento con Regranex® son superiores a sus potenciales riesgos, aunque se ha recomendado que los pacientes con cualquier tipo de cáncer preexistente no utilicen el medicamento.

La decisión de que estos pacientes no utilicen Regranex® se ha adoptado como medida de precaución, ya que, los datos disponibles no muestran claramente que el uso de este medicamento aumente la posibilidad de sufrir algún tipo de cáncer o de empeorar uno ya existente, pero tampoco lo descartan. Por lo tanto, deberá confirmarse con más estudios si existe un riesgo aumentado de sufrir cáncer, asociado al uso de este medicamento o si este uso empeora el pronóstico en los pacientes con cáncer. Mientras tanto se ha recomendado que los pacientes con cáncer no utilicen este medicamento.

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), recomienda a los pacientes que utilizan Regranex®:

Consultar y seguir adecuadamente las indicaciones de uso incluidas en el prospecto de Regranex® y especialmente las instrucciones de uso establecidas por su médico.

Si sufre de algún tipo de cáncer, consultar con su médico en su próxima visita sobre otras alternativas de tratamiento disponibles para su caso particular.


EL SUBDIRECTOR GENERALDE MEDICAMENTOS DE USO HUMANO

Fdo: César Hernández García

Fecha de actualización: 18 de febrero de 2010

viernes, 22 de enero de 2010

Adios a la Sibutramina. Nota informativa de la AEMPS sobre sibutramina (Reductil®)


Les reproducimos íntegramente la Nota Informativa de la AEMPS de suspensión cautelar de la Sibutramina.



Ref: 2010/01 21 de enero de 2010


NOTA INFORMATIVA


SIBUTRAMINA (REDUCTIL®):SUSPENSIÓN CAUTELAR DE COMERCIALIZACIÓN
Como continuación de la nota informativa 2009/13, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) comunica a los profesionales sanitarios que se ha tomado la decisión de suspender la comercialización de sibutramina, disponible en España con el nombre comercial Reductil®.


Tras la revisión de los resultados preliminares del estudio SCOUT (Sibutramine Cardiovascular OUTcome trial) y los datos disponibles sobre la eficacia de sibutramina, el Comité de Medicamentos de Uso Humano (CHMP) de la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) ha concluido que, con la información actualmente disponible, el balance beneficio-riesgo de sibutramina es desfavorable.


Como se informó previamente en la nota informativa 2009/13, el estudio SCOUT se diseñó para conocer el impacto de la pérdida de peso obtenida con el tratamiento con sibutramina sobre el riesgo cardiovascular en pacientes con alto riesgo cardiovascular. Este estudio incluyó aproximadamente 10.000 pacientes con una duración de tratamiento de hasta 6 años.


El beneficio a largo plazo observado en estudio SCOUT para sibutramina en términos de pérdida media de peso fue muy modesto en relación a placebo (3,6 kg vs 1,6 kg). Por otra parte, los resultados mostraron un incremento del riesgo cardiovascular de sibutramina (561/4906, 11,4%) en comparación con placebo (490/4898, 10%) en la variable principal (infarto de miocardio, ictus, o parada cardiaca no mortal y muerte de origen cardiovascular) con un incremento de riesgo del 16% (Hazard Ratio 1,161; IC 95% 1,029-1,311), a expensas de un aumento de la incidencia de infarto de miocardio e ictus no mortales. No se observaron diferencias significativas entre sibutramina y placebo en cuanto a mortalidad global.


Aunque la mayoría de los pacientes incluidos en este estudio no serían candidatos al tratamiento con sibutramina en las condiciones de uso autorizadas (fundamentalmente por presentar patología cardiovascular que supone una contraindicación del tratamiento), el CHMP ha considerado que los resultados del estudio SCOUT son relevantes para el uso del medicamento en la práctica clínica habitual teniendo en cuenta que los pacientes con sobrepeso suelen tener mayor riesgo cardiovascular y que este puede ser difícil de identificar.


En base a estos resultados, se ha concluido que el beneficio esperado para sibutramina no supera los riesgos potenciales, recomendándose por tanto la suspensión de la autorización de comercialización de los medicamentos que contienen sibutramina. Dicha suspensión de comercialización se formalizará con la correspondiente decisión de la Comisión Europea.


Mientras tanto, la AEMPS considera necesario indicar a los profesionales sanitarios lo siguiente:
Médicos prescriptores: no deberá prescribirse Reductil® a partir del 1 de febrero de 2010, por lo que no deben iniciarse nuevos tratamientos ni continuarse los actualmente en curso.


Farmacéuticos: no debe dispensarse ninguna prescripción de Reductil® ni elaborar ninguna fórmula magistral con el principio activo sibutramina a partir del 1 de febrero de 2010. En el caso de que un paciente solicite una dispensación de Reductil®, se le debe informar que se ha suspendido la comercialización de dicho medicamento y que debe consultar con su médico para valorar las alternativas disponibles para su caso particular. Las devoluciones al laboratorio comercializador se harán por los cauces habituales.


Se puede consultar la nota pública y documento de preguntas y respuestas de la EMA en su página web:(http://www.ema.europa.eu/).


Finalmente se recuerda la importancia de notificar todas las sospechas de reacciones adversas al Centro Autonómico de Farmacovigilancia correspondiente.

EL SUBDIRECTOR GENERALDE MEDICAMENTOS DE USO HUMANO

Fdo: César Hernández García
Fecha de actualización: 21 de enero de 2010