viernes, 22 de enero de 2010

Adios a la Sibutramina. Nota informativa de la AEMPS sobre sibutramina (Reductil®)


Les reproducimos íntegramente la Nota Informativa de la AEMPS de suspensión cautelar de la Sibutramina.



Ref: 2010/01 21 de enero de 2010


NOTA INFORMATIVA


SIBUTRAMINA (REDUCTIL®):SUSPENSIÓN CAUTELAR DE COMERCIALIZACIÓN
Como continuación de la nota informativa 2009/13, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) comunica a los profesionales sanitarios que se ha tomado la decisión de suspender la comercialización de sibutramina, disponible en España con el nombre comercial Reductil®.


Tras la revisión de los resultados preliminares del estudio SCOUT (Sibutramine Cardiovascular OUTcome trial) y los datos disponibles sobre la eficacia de sibutramina, el Comité de Medicamentos de Uso Humano (CHMP) de la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) ha concluido que, con la información actualmente disponible, el balance beneficio-riesgo de sibutramina es desfavorable.


Como se informó previamente en la nota informativa 2009/13, el estudio SCOUT se diseñó para conocer el impacto de la pérdida de peso obtenida con el tratamiento con sibutramina sobre el riesgo cardiovascular en pacientes con alto riesgo cardiovascular. Este estudio incluyó aproximadamente 10.000 pacientes con una duración de tratamiento de hasta 6 años.


El beneficio a largo plazo observado en estudio SCOUT para sibutramina en términos de pérdida media de peso fue muy modesto en relación a placebo (3,6 kg vs 1,6 kg). Por otra parte, los resultados mostraron un incremento del riesgo cardiovascular de sibutramina (561/4906, 11,4%) en comparación con placebo (490/4898, 10%) en la variable principal (infarto de miocardio, ictus, o parada cardiaca no mortal y muerte de origen cardiovascular) con un incremento de riesgo del 16% (Hazard Ratio 1,161; IC 95% 1,029-1,311), a expensas de un aumento de la incidencia de infarto de miocardio e ictus no mortales. No se observaron diferencias significativas entre sibutramina y placebo en cuanto a mortalidad global.


Aunque la mayoría de los pacientes incluidos en este estudio no serían candidatos al tratamiento con sibutramina en las condiciones de uso autorizadas (fundamentalmente por presentar patología cardiovascular que supone una contraindicación del tratamiento), el CHMP ha considerado que los resultados del estudio SCOUT son relevantes para el uso del medicamento en la práctica clínica habitual teniendo en cuenta que los pacientes con sobrepeso suelen tener mayor riesgo cardiovascular y que este puede ser difícil de identificar.


En base a estos resultados, se ha concluido que el beneficio esperado para sibutramina no supera los riesgos potenciales, recomendándose por tanto la suspensión de la autorización de comercialización de los medicamentos que contienen sibutramina. Dicha suspensión de comercialización se formalizará con la correspondiente decisión de la Comisión Europea.


Mientras tanto, la AEMPS considera necesario indicar a los profesionales sanitarios lo siguiente:
Médicos prescriptores: no deberá prescribirse Reductil® a partir del 1 de febrero de 2010, por lo que no deben iniciarse nuevos tratamientos ni continuarse los actualmente en curso.


Farmacéuticos: no debe dispensarse ninguna prescripción de Reductil® ni elaborar ninguna fórmula magistral con el principio activo sibutramina a partir del 1 de febrero de 2010. En el caso de que un paciente solicite una dispensación de Reductil®, se le debe informar que se ha suspendido la comercialización de dicho medicamento y que debe consultar con su médico para valorar las alternativas disponibles para su caso particular. Las devoluciones al laboratorio comercializador se harán por los cauces habituales.


Se puede consultar la nota pública y documento de preguntas y respuestas de la EMA en su página web:(http://www.ema.europa.eu/).


Finalmente se recuerda la importancia de notificar todas las sospechas de reacciones adversas al Centro Autonómico de Farmacovigilancia correspondiente.

EL SUBDIRECTOR GENERALDE MEDICAMENTOS DE USO HUMANO

Fdo: César Hernández García
Fecha de actualización: 21 de enero de 2010

lunes, 18 de enero de 2010

"Al paciente le resulta difícil pleitear contra compañías"


Reproducimos íntegramente la entrevista de Alberto Cornejo, de El Global, a Manuel Amarilla, responsable del Área de Derecho Farmacéutico de Bufete RAM (Reacciones Adversas a los Medicamentos):

Los abogados Manuel Amarilla y Julio César Galán, especialistas en derecho farmacéutico y sanitario, respectivamente, han puesto en una marcha un proyecto pionero en España: la creación del bufete de abogados RAM, especializado íntegramente en la reclamación y defensa judicial y extrajudicial de los daños ocasionados por las reacciones adversas a medicamentos (RAM).

Amarilla desgrana cómo se encuentra en España, desde un punto de vista social y legal, el campo de los efectos adversos por fármacos, los cuales, según la OMS, se sitúan entre las diez causas principales de defunción a nivel mundial.

Pregunta. ¿A qué responde esta apuesta por un campo tan específico como son las RAM?

Respuesta. La principal razón de la creación del bufete RAM se debe a que el escenario actual de las reacciones adversas a medicamentos está anticuado y es excesivamente paternalista y exculpatoria respecto de los principales agentes del sector salud hacia el paciente. Nos gustaría contribuir a que en el futuro exista un equilibrio legal más real en estos litigios.

P. Resaltan en su carta de presentación que se ofrece cobertura a todas las partes implicadas o afectadas, desde los pacientes a los fabricantes...

R. Para nosotros todo el mundo tiene derecho a ser defendido. Pero es que, además, la teoría de la corresponsabilidad terapéutica legal cada día está más en auge, lo que nos indica que en cada supuesto cada parte debe responder sólo de su cuota de actividad.

P. ¿Es habitual en España que la población se anime a pleitear en casos relacionados con RAM?

R. Para el ciudadano el escenario actual para pleitear en el campo del medicamento es muy difícil y complejo. A pesar de su apariencia, las leyes de Consumidores y Usuarios no les protegen suficientemente. Eso sí, aunque es mayoritario el desconocimiento de la población, que está originado casi de forma intencionada por los demás agentes, cada día van en aumento el inicio de este tipo de litigios.

P. ¿Conoce una cifra aproximada de litigios vigentes a día de hoy en los tribunales nacionales relacionados con efectos adversos?

R. Es imposible saberlo con exactitud, porque la mayoría de ellos aún se encuentran en primera o segunda instancia, en tribunales o audiencias. Pero los conocidos casos de Bio-Bac, Agreal y Vioxx han disparado las señales de comienzo de carrera.

P. ¿Destacaría alguna sentencia ya en firme que se haya producido al respecto en los últimos años?

R. Quizá la que abrió el camino fue una del Tribunal Supremo de 2001, al ser la primera vez que se condenaba a un médico en España por prescribir a un niño una dosis farmacológica de adulto, reflejado en el prospecto del medicamento y no tenido en consideración. También recuerdo un caso anterior, relacionado con el fármaco Eskazine, que finalizó con un acuerdo extrajudicial que le supuso una indemnización de un millón y medio de euros a un conocido laboratorio, algo que no había ocurrido antes en Europa.

P. ¿Es fundamental, para el buen resultado de la denuncia de un paciente, que existan casos similares? ¿Es mejor iniciar procedimientos conjuntos?

R. La influencia procesal norteamericana ya empieza a influirnos en este aspecto, en cuanto a que las demandas colectivas, si hay muchos perjudicados, parecen más fáciles de ganar.

P. ¿Cuál es el papel o responsabilidad de la Aemps en estos litigios?

R. Hasta ahora la Aemps suele mantenerse al margen por su propio interés legítimo. En el futuro no sé lo que harán. Lo que sí adelanto es que también deberán responder de sus acciones u omisiones y, por tanto, podrán ser demandas o codemandadas.

P. ¿Ya ha se ha presentado en sociedad de este nuevo bufete?

R. El pasado 14 de enero tuvimos una primera toma de contacto con los profesionales con la participación en una mesa de debate sobre reacciones adversas organizada por Cofares.



jueves, 14 de enero de 2010

¿Qué sabemos de la seguridad de los medicamentos?












Reproducimos íntegramente un extracto aparecido en la Revista SEFAP (Sociedad Español de Farmacéuticos de Atención Primaria), Volum. 6, número 3, del 2008. Es interesante ya que, entre otros asuntos, habla de la seguridad de los fármacos y del papel del farmacéutico para aumentar dicha seguridad, y controlar y detectar, en la medida de lo posible, las RAM. El autor es:

Jaime Torelló Iserte
Servicio Farmacología Clínica. Centro Andaluz de Farmacovigilancia.
Hospitales Universitarios Virgen del Rocío (Sevilla)

Aquí podéis ver la revista: http://www.sefap.org/revista/pdf/6.3.5.pdf

"La información disponible sobre la seguridad de cualquier medicamento cuando éste se comercializa es limitada. El 10% de los 548 medicamentos aprobados por la FDA (1975-1999) fueron retirados o se modificó su ficha técnica por motivos de seguridad. La mitad de las retiradas ocurrieron en los primeros 2 años de comercialización y la mitad de las modificaciones
de ficha técnica en los primeros 7 años de aquélla.

Información sobre seguridad antes de la comercialización

La primera información se obtiene en la fase preclínica y es la relativa a los estudios de toxicidad in vitro y en animales. En cuanto a las características y tipos de los estudios de toxicidad, estacan: a) toxicidad a dosis única y a dosis repetidas; b) carcinogenicidad (a largo plazo); c) enotoxicidad in vitro e in vivo; d) toxicidad reproductora; e) estudios especiales (en función del tipo de fármaco y la vía de administración).

Los ensayos clínicos (fase I, II y III) son los estudios que aportan toda la información disponible sobre los efectos indeseables de los medicamentos en el ser humano cuando el fármaco sale al mercado. Es el diseño de estudio que proporciona un mayor nivel de evidencia sobre la relación de causalidad entre exposición a un medicamento y la aparición de un acontecimiento adverso debido a la fortaleza que le confiere la aleatorización y el enmascaramiento. Permite estimar
con precisión la incidencia de las reacciones adversas a medicamentos (RAM) más frecuentes como son las de tipo A.

Principales limitaciones e incertidumbres

Los estudios preclínicos tienen un relativo valor predictivo en cuanto a la extrapolación de sus resultados (los hallazgos negativos no garantizan la ausencia de toxicidad en el ser humano).
Por otro lado, los ensayos clínicos tienen al menos dos importantes limitaciones metodológicas que son inherentes a este tipo de diseño: a) el escaso tamaño muestral para detectar RAM de incidencia menor a 1.000-10.000 pero con relevancia clínico-epidemiológica (valvulopatía-fenfluramina); b) la escasa representatividad (validez externa) para valorar el riesgo en condiciones de práctica clínica real (subgrupos de riesgo, tratamientos prolongados, interacciones farmacológicas, etc.). Por ambos motivos, la información que proporcionan es a menudo también insuficiente para identificar RAM tipo B, C o D. En un análisis de las retiradas de medicamentos por motivos de seguridad en España durante 1990-1999, se observó que en el 82% el nivel de evidencia en el que se sustentó la decisión de la medida reguladora fue la serie de casos, y que el 59% no eran RAM tipo A.

En la práctica, nos encontramos además con otro tipo de obstáculos, como el sesgo de publicación, la escasa calidad de la información sobre RAM que proporcionan los ensayos clínicos publicados o la habitual ausencia de estudios sobre seguridad comparada
respecto a otras alternativas terapéuticas.

En ese contexto, cabe subrayar el papel clave que desempeña el farmacéutico de atención primaria en relación a la seguridad de los nuevos medicamentos, mediante la información a los profesionales, promoviendo la notificación de RAM (tarjeta amarilla) y en materia de políticas de selección de medicamentos".

miércoles, 13 de enero de 2010

Informe mensual (Diciembre de 2009) de la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios


En cuanto a reacciones adversas a los medicamentos, este informe destaca:


- Epoetinas y riesgo de aplasia pura de células rojas


- Sibutramina e incremento de riesgo cardiovascular


Para ver el informe:


lunes, 11 de enero de 2010

Informe de la OMS sobre Medicamentos Falsificados


Puesto que la definición legal de reacción adversa a los medicamentos (RAM) incluye también todas las consecuencias clínicas perjudiciales derivadas de la dependencia, abuso y uso incorrecto de medicamentos, incluyendo las causadas por el uso fuera de las condiciones autorizadas y las causadas por errores de medicación, por su interés, os ofrecemos el informe de la OMS sobre Medicamentos Falsificados.

Medicines: counterfeit medicines:

Key facts

Counterfeit medicines are medicines that are deliberately and fraudulently mislabelled with respect to identity and/or source.

Use of counterfeit medicines can result in treatment failure or even death.
Public confidence in health-delivery systems may be eroded following use and/or detection of counterfeit medicines.

Both branded and generic products are subject to counterfeiting.

All kinds of medicines have been counterfeited, from medicines for the treatment of life-threatening conditions to inexpensive generic versions of painkillers and antihistamines.
Counterfeit medicines may include products with the correct ingredients or with the wrong ingredients, without active ingredients, with insufficient or too much active ingredient, or with fake packaging.

Counterfeit medicines are found everywhere in the world. They range from random mixtures of harmful toxic substances to inactive, ineffective preparations. Some contain a declared, active ingredient and look so similar to the genuine product that they deceive health professionals as well as patients. But in every case, the source of a counterfeit medicine is unknown and its content unreliable. Counterfeit medicines are always illegal. They can result in treatment failure or even death. Eliminating them is a considerable public health challenge.

jueves, 7 de enero de 2010

Mesa de Debate en Cofares, organizada por Bufete RAM sobre Reacciones Adversas a Medicamentos: estado actual

Recogemos la siguiente noticia de www.cofares.es:


El próximo jueves 14 de enero se celebrará a las 20:00 horas, en el Salón de Actos de Cofares (C/Santa Engracia, 31 de Madrid), una mesa de debate sobre "Reacciones adversas a medicamentos: estado actual". El acto estará moderado por el presidente de Cofares, Carlos González Bosch. Participarán: José Antonio Seijas Quintana, magistrado de la Sala 1ª del Tribunal Supremo; Alberto García Romero, presidente del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid; Manuel Amarilla Gundín, responsable del Área del Departamento Farmacéutico del Bufete RAM y Julio César Galán Cortés, responsable del Área del Departamento Sanitario del Bufete RAM.

Las reacciones adversas (RAM) constituyen uno de los mayores problemas de salud pública en todo el mundo. Mejorar la información sobre el balance beneficio/riesgo del medicamento, a fin de minimizar los posibles daños para la salud y generar la legitimidad y confianza, son factores de los que depende la utilidad esperada de la farmacovigilancia. La responsabilidad sobre la información respecto a las RAM; el derecho a la información terapéutica del ciudadano; el derecho de los afectados a participar y ser escuchados en las áreas de farmacovigilancia; el sistema de notificación de reacciones adversas; la responsabilidad civil y/o penal de los agentes por los casos RAM; o las sentencias más significativas en la materia, serán algunos de los temas que analizarán los expertos reunidos en esta mesa de debate celebrada en el Salón de Actos de Cofares.

lunes, 4 de enero de 2010

Orden SAS/3470/2009, de 16 de diciembre, por la que se publican las directrices sobre estudios posautorización de tipo observacional para medicamentos


El pasado día de Navidad, el BOE publicó la Orden SAS/3470/2009, de 16 de diciembre, por la que se publican las directrices sobre estudios posautorización de tipo observacional para medicamentos de uso humano.

Podéis acceder al texto a través de este enlace:

http://boe.es/boe/dias/2009/12/25/pdfs/BOE-A-2009-20817.pdf

El Real Decreto 1344/2007, de 11 de octubre, por el que se regula la farmacovigilancia de medicamentos de uso humano, en su artículo 19 apartado 2 dispone que la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios establecerá un Comité de Coordinación de Estudios Posautorización. Dicho Comité contará con la participación de los representantes de todas las comunidades autónomas y de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

Así mismo, dicho artículo prevé que las administraciones sanitarias establecerán de común acuerdo las condiciones en las que se llevarán a cabo los estudios posautorización de tipo observacional, con la finalidad de favorecer aquellos que puedan contribuir al conocimiento del medicamento o a mejorar la práctica clínica, así como que las directrices de los procedimientos comunes que cada comunidad autónoma ejercerá en su ámbito competencial, serán objeto de debate en el citado comité. Las administraciones sanitarias establecerán de común acuerdo las condiciones en las que se llevarán a cabo los estudios posautorización de tipo observacional, con la finalidad de favorecer aquellos que puedan contribuir al conocimiento del medicamento o a mejorar la práctica clínica, así como que las directrices de los procedimientos comunes que cada comunidad autónoma ejercerá en su ámbito competencial, serán objeto de debate en el citado comité.

Los estudios posautorización se consideran necesarios para la obtención de un conocimiento que los ensayos clínicos controlados realizados durante el desarrollo clínico de los medicamentos no aportan. Dicho conocimiento es fundamental para orientar la práctica clínica y favorecer un uso racional de los medicamentos.

El objetivo de los estudios posautorización es generar información adicional sobre los efectos de los medicamentos, así como las características relacionadas con su utilización, en las condiciones autorizadas en su ficha técnica o bien en condiciones normales de uso, con el fin de completar la información obtenida durante las fases I, II y III y contribuir a su mejor utilización.


Para que un estudio sea éticamente justificable debe estar bien diseñado y cumplir con los principios éticos básicos contenidos en la Declaración de Helsinki de la Asociación Médica Mundial sobre principios éticos para las investigaciones médicas en seres humanos, y en sus posteriores revisiones.


Todos los estudios posautorización de tipo observacional deben ser sometidos a la consideración de un Comité Ético de Investigación Clínica (CEIC) (o Comité de Ética de la Investigación, en su caso) acreditado, con la excepción de aquellos estudios que se realicen mediante la utilización de información ya existente que no contengan datos de carácter personal.


En todos los estudios deben identificarse las figuras del promotor y el investigador principal o coordinador como responsables últimos de la investigación.


En definitiva, se trata de un texto legal aclarativo sobre las directrices sobre estudios posautorización de tipo observacional para medicamentos.

martes, 22 de diciembre de 2009

La FDA abre una oficina en México




La FDA abre oficina en México para controlar la producción y distribución de alimentos, en un primer momento, y de medicamentos, posteriormente.

Por su interés reproducimos la noticia, publicada en PmFarma México :


La globalización provocó que los consumidores de alimentos y medicamentos sean clientes del mercado mundial, lo que representa un reto mayor para las autoridades encargadas de controlar la calidad de lo que se consume.

El doctor Murray McLumpkin, comisionado adjunto para programas internacionales de la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA, por sus siglas en inglés), así lo afirmó durante la inauguración de su nueva oficina en México.

Explicó que la colaboración es fundamental para garantizar alimentos y fármacos seguros para las poblaciones de ambas naciones.

Proteger a los pueblos de los riesgos sanitarios a través de recursos financieros y científicos es el reto que enfrentará la nueva oficina de la FDA en México.

A su vez el comisionado federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), Miguel Angel Toscano, señaló que la cooperación histórica en materia de protección sanitaria, elevará su eficiencia de manera importante con la presencia de la nueva oficina.

Confió en que los proyectos conjuntos que se elaboren sirvan de base para formular alertas frente a las amenazas que en materia de salud pública se pudieran presentar, y lograr una capacidad eficiente de respuesta.

En tanto, el ministro consejero de la embajada de México en Estados Unidos, John Feeley, señaló que la relación entre ambos países ha sido difícil, y que la crisis económica y los retos del narcotráfico han impedido que su relación comercial aparezca en primera plana.

Sin embargo, se trata de una comunicación que no se pierde y que por el contrario, es amplia, sólida y demanda hacer frente a las necesidades de prosperidad de ambos pueblos.

Se trata de una alianza crítica que ahora enfrentan nuevos retos y obliga a una colaboración más estrecha, para intercambiar productos y servicios con criterios de sustentabilidad, adecuada salud pública y con preferencia por las energías renovables.

Por ello, el establecimiento de la nueva oficina ayudará a establecer reglas claras y simples que profundicen la competitividad y garanticen la protección de los ciudadanos en ambos países.

En su oportunidad, el director del Servicio Nacional de Salud e Inocuidad Animal y Alimentaria, Enrique Sánchez Cruz, señaló que la colaboración con la nueva oficina ayudará a desarrollar reglas de operación que harán que el comercio fluya más y mejor.

Sostuvo que la seguridad en materia alimentaria se debe basar en propuestas científicas, por lo que la presencia de los especialistas estadunidenses ayudará a hacer eficiente el comercio en exportación de alimentos y desarrollo de medicamentos.

viernes, 11 de diciembre de 2009

Informe sobre Medicamentos y Productos Sanitarios. Noviembre 2009


En este enlace podéis acceder al informe que elabora mensualmente la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios.

http://www.aemps.es/actividad/notaMensual/docs/inforMensual-nov09.pdf

De este informe destacamos la siguiente información referente a las estatinas:

"Inhibidores de HMG-CoA reductasa (estatinas): riesgo de alteraciones del sueño, pérdida de memoria, disfunción sexual, depresión, enfermedad intersticial pulmonar: Las estatinas pueden causar alteraciones del sueño, pérdida de memoria, disfunción sexual, depresión y enfermedad intersticial pulmonar, según los resultados de una revisión de seguridad que se ha realizado en Europa con datos procedentes de notificación espontánea, ensayos clínicos y publicaciones en la bibliografía".

Cuidado con las estatinas.

miércoles, 2 de diciembre de 2009

Informe de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Informe de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios sobre sospechas de reacciones adversas asociadas a las vacunas pandémicas frente a la gripe A/H1N1 notificadas al Sistema Español de Farmacovigilancia Humana.

Notificaciones recibidas del 16 al 29 de noviembre de 2009.

Para acceder a la información pulse sobre la dirección o bien copie y pegue esta en su navegador:

http://www.aemps.es/profHumana/farmacovigilancia/infoReAdver_SEFV-H/home.htm